Detalle sentencia TC/0596/18

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Publicación: Miércoles 19 de Diciembre , 2018 / 05:28 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2016-0356

Relativo al recurso de revisión constitucional de amparo incoado por el señor Casimiro Santana Sánchez contra la Sentencia núm. 2016-0693, dictada por el Tribunal de Tierras de la Jurisdicción Original de Sánchez Ramírez el veintiséis (26) de julio de dos mil dieciséis (2016).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: sentencias emitidas por el juez de amparo solo pueden ser recurridas en revisión y en tercería (art. 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo. Plazo: franco y hábil (art. 95 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0061/13; TC/0071/13; TC/0132/13 y TC/0199/14). Revisión constitucional de sentencia de amparo: su admisibilidad está sujeta a la especial trascendencia y relevancia constitucional (art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia y relevancia constitucional: configuración (TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencias de amparo: no se tipifica desnaturalización de los hechos por parte del tribunal a-quo. Juez de amparo: hizo una correcta aplicación de la norma. Revisión constitucional de sentencia de amparo: estación hidroeléctrica: no se encuentra en propiedad privada (art. 129 Ley 64-00). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma. Votos particulares: magistrados Jiménez Martínez y Vásquez Sámuel.

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20/12/2018
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