Detalle sentencia TC/0567/17

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Publicación: Martes 31 de Octubre , 2017 / 12:00 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2017-0036

relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por José María Portorreal y Bienvenida Ortiz Santana contra la Sentencia núm. 193, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de marzo de dos mil dieciséis (2016).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Arts. 185.4 y 277 Constitución, Arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Principios de celeridad y economía procesal (TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: causales de admisibilidad (Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inexigibilidad del requisito de la invocación formal previa (Art. 53.3 [a] LOTCPC; TC/0057/12). Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: Especial trascendencia o relevancia constitucional. Aplicación (TC/0007/12). Especial trascendencia o relevancia constitucional: Configuración (TC/0007/12). Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: no existe una relación de naturaleza laboral: no implica violación al Código de Trabajo. Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: Debida: Garantía mínima del debido proceso y de la tutela judicial efectiva (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: realizó un análisis de los argumentos y desarrolló de manera sistemática los medios por los cuales rechazó el recurso. Debido proceso y de la tutela judicial efectiva: debida motivación (TC/0187/13 y TC/0073/15). Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: Suprema Corte de Justicia: motivación: no violación. Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: admite, rechaza y confirma. Voto particular: magistrado Castellanos Pizano.

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16/01/2018
tc-0567-17.pdf
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