Detalle sentencia TC/0566/17

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Publicación: Martes 31 de Octubre , 2017 / 12:00 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2016-0093

relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Timothy Russell Tuccelli contra la Sentencia núm. 553, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de octubre de dos mil quince (2015).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Arts. 185.4 y 277 Constitución; Arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Principios de celeridad y economía procesal (TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: causales de admisibilidad (Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inexigibilidad del requisito de la invocación formal previa (Art. 53.3 [a] LOTCPC; TC/0057/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Especial trascendencia o relevancia constitucional. Aplicación (TC/0007/12). Especial trascendencia o relevancia constitucional: Configuración (TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no existe una relación de naturaleza laboral: no implica violación al Código de Trabajo. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Debida: Garantía mínima del debido proceso y de la tutela judicial efectiva (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: realizó un análisis de los argumentos y desarrolló de manera sistemática los medios por los cuales rechazó el recurso. Debido proceso y de la tutela judicial efectiva: debida motivación (TC/0187/13 y TC/0073/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Suprema Corte de Justicia: motivación: no violación. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: magistrado Castellanos Pizano.

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16/01/2018
tc-0566-17.pdf
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