Detalle sentencia TC/0545/15

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Publicación: Jueves 03 de Diciembre , 2015 / 01:19 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-06-2015-0001

La acción de amparo incoada por el señor José Antonio Disla Peralta contra la Resolución núm. 22-INH-2014, dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo el veintiocho (28) de noviembre de dos mil catorce (2014).

Sumario

Acción directa de amparo. Acción directa de amparo: incompetencia del Tribunal Constitucional. Acción de amparo: noción (Art. 72 Constitución). Tribunal Constitucional: competencia (Art. 185 Constitución). Ley núm. 137-11: Competencia para conocer de las revisiones de las decisiones jurisdiccionales que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, así como de los recursos de revisión de todas las sentencias de amparo. Acción de amparo: Tribunales competentes para conocerla (Arts. 72, 74 y 75 LOTCPC). Acción directa de amparo: ni el constituyente ni el legislador le otorgaron competencia al Tribunal Constitucional para conocer de manera directa las acciones de amparo. Acción directa de amparo: indicación de la jurisdicción competente. Acción directa de amparo: Incompetente.

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