Detalle sentencia TC/0535/20

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Publicación: Martes 29 de Diciembre , 2020 / 12:03 A. M.

Referencia: Expedientes núms. TC01-2019-0009 y TC-01-2020-0015

Relativos a las acciones directas de inconstitucionalidad interpuestas por la Asociación Nacional de Agencias Distribuidoras de Vehículos (ANADIVE) y V Energy, S.A; respectivamente, contra los artículos primero y segundo de la Resolución núm. 21/96, emitida por el Ayuntamiento del Distrito Nacional el ocho (8) de febrero de mil novecientos noventa y seis (1996).

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Tribunal Constitucional: competencia (art. 185.1 Constitución; art. 36 LOTCPC). Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido (art. 185.1 Constitución; art. 37 LOTCPC; TC/0345/19). Fusión de expedientes: finalidad (TC/0094/12; TC/0089/13; TC/0254/13; TC/0185/13). Fusión de expedientes: facultad discrecional de los tribunales y justificación. Principio de celeridad y efectividad (arts. 7.2 y 7.4 LOTCPC). Acción directa de inconstitucionalidad: tasa. Tasa: concepto. Arbitrio municipal: la Constitución faculta a los Ayuntamientos imponer arbitrios municipales (art. 282 Ley 176-07; TC/0456/15). Tasa: cobro debe producirse al momento en que se realicen los trámites para la obtención de los permisos de construcción. Régimen tributario: fundamentado en los principios de legalidad, justicia, igualdad y equidad (TC/0034/12). Ayuntamiento del Distrito Nacional: cobra arbitrios municipales por uso de rampas sin estar contemplado en la ley. Resolución núm. 21/96: es inconstitucional. Principio de legalidad tributaria municipal: se configura una vulneración (art. 200 y 51.2 Constitución). Acción directa de inconstitucionalidad: Admite, acoge, no conforme con la constitución. Voto particular: magistrados Gómez Ramírez, Jiménez Martínez, Acosta de los Santos y Gil.

 

 

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09/09/2021
tc-0535-20-tc-01-2019-0009-y-tc-01-2020-0015.pdf
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