Detalle sentencia TC/0448/21

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Publicación: Viernes 26 de Noviembre , 2021 / 08:26 P. M.

Referencia: TC-02-2021-0002

Relativo al control preventivo de constitucionalidad del Acuerdo para el Establecimiento de una Oficina de País del Banco Centroamericano de Integración Económica (B.C.I.E.) en República Dominicana.

Sumario

Control preventivo de tratado internacional. Tribunal constitucional: competencia (arts. 6 y 185.2 Constitución; arts. 9, 55 y 56 LOTCPC). Control preventivo de tratado internacional: finalidad y alcance. Principio de supremacía de la Constitución: aplicación (art. 6 Constitución; TC/0194/20). Recepción del derecho internacional: aplicación y fundamento (art. 26 Constitución; TC/0037/12). Acuerdo para el establecimiento de una oficina de país Del banco centroamericano de integración económica: su objeto es consonó con la constitución (art. 26 Constitución). Banco centroamericano de integración económica: su ámbito de actuación no está sujeto a la regulación aplicable a las entidades de intermediación financiera (art. 243 Constitución; art 2.3 del acuerdo. Organismos multilaterales: medidas que persiguen la protección de sus activos. Organismos multilaterales: el tribunal constitucional ha reconocido la constitucionalidad de las medidas que pretenden proteger sus activos (TC/0374/19). Convenio sobre privilegios e inmunidades entre la República Dominicana y la facultad latinoamericana de ciencias sociales: contenido (art. 5 del Convenio). Privilegios e inmunidades: cláusulas comunes en los acuerdos internacionales. Privilegios e inmunidades: su inclusión en el acuerdo examinado no vulnera la Constitución. Inmunidad jurisdiccional: configuración y aplicación (TC/0050/16). Inmunidad jurisdiccional: su estipulación no vulnera la Constitución. Derecho a la intimidad: se protege al consignar la inviolabilidad de la correspondencia y los establecimientos (art. 44 Constitución; art. 5 del Acuerdo). Banco centroamericano de integración económica: constitucionalidad del reconocimiento de las prerrogativas correspondientes a entidades de intermediación financiera (TC/0179/13). Principio de inviolabilidad de la soberanía: adecuada protección (TC/0347/19). Régimen de Seguridad Social: correcto tratamiento. Privilegio a funcionarios y sus familiares: acorde con la Constitución. Régimen de migración: excepciones (art. 37 ley 258-04). Resolución de controversias: el arbitraje es un mecanismo acorde con la constitución (art. 220 de la Constitución). Control preventivo de tratado internacional: conforme con la Constitución.

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27/11/2021
tc-0448-21-tc-02-2021-0002.pdf
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