Detalle sentencia TC/0425/22

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Publicación: Lunes 12 de Diciembre , 2022 / 03:57 P. M.

Referencia: TC-05-2020-0171

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Luis José Gómez Álvarez contra la Sentencia núm. 271-2020-SSEN00008, dictada por la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata el doce (12) de agosto del año dos mil veinte (2020).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts.185.4 Constitución 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo hábil y franco (art. 100 LOTCPC; TC/0080/12). Principio pro homine y pro actione: aplicación. Revisión constitucional de sentencia de amparo: requisitos de forma para su interposición. Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen los requisitos de admisibilidad (art. 100 LOTCPC). Acción de amparo de cumplimiento: objeto y fundamento legal. Acción de amparo de cumplimiento: legitimación, procedencia, requisitos y plazo (arts. 104, a 108 LOTCPC; TC/0496/17; TC/0667/18). Derecho al libre acceso a la información pública: el plazo prorrogable se establece para determinar cuando se genera la obligación (art. 8 Ley 200-04). Precedente constitucional: no se configura una vulneración. Test de la debida motivación: aplicación y parámetro (TC/0083/12, TC/0282/13, TC/0283/13, TC/0523/19 y TC/0227/22). Juez de amparo: correcta aplicación de la norma (TC/0009/13). Revisión constitucional de sentencia de amparo:

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12/12/2022
tc-0425-22-tc-05-2020-0171.pdf
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