Detalle sentencia TC/0389/15

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Publicación: Viernes 16 de Octubre , 2015 / 05:08 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-08-2012-0102

Recurso de casación incoado por el señor Eduardo Castaños Polanco contra la Sentencia núm. 271/2007/00626, dictada por la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del distrito judicial de Puerto Plata el treinta (30) de octubre de dos mil siete (2007).

Sumario

Recurso de casación. Recurso de casación: nacimiento de una situación jurídica consolidada (TC/0064/14). Principio de la oficiosidad: aplicación (Art. 7.11 LOTCPC). Principio de tutela judicial diferenciada: aplicación (Art. 7.4 LOTCPC). Principio de favorabilidad: aplicación (Art. 7.5 LOTCPC). Recurso de casación: recalificación a una revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo. Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (Art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (TC/0007/12). Sentencia de amparo: desnaturalización de los hechos. Juez de amparo: no debió contabilizar el plazo desde la fecha en que fue emitida la sentencia. Debido proceso: violación por la falta de notificación. (Art. 69.10 Constitución). Revisión constitucional de sentencia de amparo: acoge. Ayuntamiento: configuración (Art. 46 Ley 273). Distrito Municipal: Elección del Director y los vocales (Art. 81 Ley 176-07). Derecho al trabajo: noción (Art. 62 Constitución). Principio de oficiosidad: no es posible ordenar la reintegración porque se ha realizado una elección de nuevas autoridades distritales (TC/0146/15). Acción de amparo: ordena el pago de los salarios dejados de percibir. Astreinte: naturaleza (Art. 91 y 93 LOTCPC; TC/0048/12). Acción de amparo: admite. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.

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17/01/2018
sentencia-tc-0389-15.pdf
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