Revisión constitucional de sentencias de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art 185.4 Constitución; Arts. 9 y 94 de la LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: apreciación (TC/0007/12). Acción de amparo: otra vía (Art. 70.1). Acto administrativo: debe ser conocido por la jurisdicción contenciosa administrativa en atribuciones ordinarias (Art. 1 Ley 1494). Jurisdicción contenciosa administrativa: tiene la facultad de realizar los juicios para determinar si el acto administrativo constituye un ejercicio excesivo de las facultades que le han sido conferidas por las normas que regulan la materia. Acción de amparo: el juez de amparo no puede determinar la legalidad de los actos administrativos. Revisión constitucional de sentencias de amparo: Recha y confirma. Voto particular: magistrados Castellanos Khoury, Castellanos Pizano y Jiménez Martínez.