Detalle sentencia TC/0367/21

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Publicación: Miércoles 03 de Noviembre , 2021 / 05:26 P. M.

Referencia: TC-05-2020-0161

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo y solicitud de suspensión de ejecución de sentencia incoado por el Lic. Denny F. Silvestre Zorrilla, procurador fiscal del Distrito Nacional, encargado de la División de Acciones Constitucionales de la Fiscalía del Distrito Nacional contra la Sentencia núm. 047-2020-SSEN-00063, dictada por la Novena Sala de
la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el veintisiete (27) de agosto de dos mil veinte (2020).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Juez amparo: debe examinar los hechos y las pruebas sometidas al contradictorio (art. 80 LOTCPC). Principio de autonomía procesal: habilita al tribunal para suplir las lagunas o imprevisiones legislativas (art. 7.4 LOTCPC; TC/0071/13). Juez de la instrucción: competente para la devolución del bien cuando existe un procedimiento penal (art. 73 Y 90 CPP). Otra vía: que permitan de manera efectiva obtener la protección de un derecho fundamental invocado (art. 70.1 LOTCPC). Otra vía: juez de la instrucción para reclamar la devolución de bienes incautados. Juez de la instrucción: competente (TC/0182/13; TC/0234/13; TC/0244/13; TC/0281/13; TC/0160/15; TC/0179/15; TC/0591/17). Idoneidad de la otra vía: bienes incorporados al proceso como cuerpo del delito (TC/0084/12; TC/0182/13). Acción de amparo: inadmisible. Revisión constitucional de sentencia de amparo: acoge y revoca. Voto particular: magistrados Castellanos Khoury, Castellanos Pizano y Bonelly Vega.

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03/11/2021
tc-0367-21-tc-05-2020-0161.pdf
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