Detalle sentencia TC/0350/15

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Publicación: Martes 13 de Octubre , 2015 / 08:32 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2013-0188

Recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por la señora Nicole Jayne Melhuish de Reyes contra la Sentencia núm. 000122/2013, dictada por la Cámara Penal Unipersonal del Juzgado de Primera Instancia del distrito judicial de Puerto Plata el veintiséis (26) de agosto de dos mil trece (2013). 

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (Art. 185 Constitución; Arts. 9 y 94 LOTCPC). Acción de amparo: la sentencia solo es recurrible en revisión o tercería. Revisión constitucional de sentencia de amparo: su admisibilidad sujeta a la especial trascendencia o relevancia constitucional (Art. 100 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Hábeas Corpus: Noción. Hábeas Corpus: No procede cuando existan recursos ordinarios o pueda solicitarse la revisión de las medidas de coerción (Art.381 parte in fine CPP). Acción de amparo: Inadmisibilidad por ser notoriamente improcedente contra casos no finalizados en la jurisdicción ordinaria (Art. 70.3 LOTCPC). Acción de amparo: Calificación errónea a la acción interpuesta, derecho debe ser protegido por la figura jurídica del Hábeas Corpus. Revisión constitucional de sentencias de amparo: admite, rechaza y confirma. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.

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17/01/2018
sentencia-tc-0350-15.pdf
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