Detalle sentencia TC/0345/15

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Publicación: Martes 13 de Octubre , 2015 / 01:30 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-08-2012-0032

Recurso de casación incoado por la empresa Pirotécnica del Caribe, C. por A. contra la Sentencia núm. 95, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el cinco (5) de febrero de dos mil nueve (2009).

Sumario

Recurso de casación. Recurso de casación: declinatoria ante el Tribunal Constitucional. Recurso de casación: Suprema Corte de Justicia: competente para conocer de los recursos de casación en su calidad de Corte de Casación (Ley 3726). Recurso de casación: Competencia. Principio de oficiosidad: la LOTCPC faculta al Tribunal Constitucional para recalificar el recurso de casación en un recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo. Recalificación: Principio de oficiosidad (Art. 7.11 LOTCPC).  Recalificación: Principio de efectividad (Art. 7.4 LOTCPC). Recalificación: Tutela judicial efectiva (Art. 7.11 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Especial trascendencia y relevancia constitucional. Resolución 02-07 y Decreto 616-06: permite los espectáculos pirotécnicos a las empresas que estén debidamente registradas. Derecho a la libre empresa: el Ministerio de Interior y Policía incurrió en vulneración al artículo 50 de la Constitución (TC/0049/13). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Acoge. Voto particular: magistrado Acosta de los Santos.

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17/01/2018
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