Demanda en suspensión de ejecución de sentencia: el Tribunal Constitucional tiene la facultad de suspender las decisiones jurisdiccionales que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada con posterioridad al 26 de enero de 2010 (artículo 54. 8 LOTCPC). Demanda en suspensión de ejecución de sentencia: su finalidad es proteger provisionalmente un derecho de daños difícilmente reparables en la eventualidad de que sean finalmente reconocidos. Demanda en suspensión de ejecución de sentencia: al desaparecer el perjuicio alegado, la misma queda sin objeto. Rechaza. Voto particular del magistrado Vásquez Samuel.