Detalle sentencia TC/0271/14

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Publicación: Jueves 13 de Noviembre , 2014 / 10:46 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-08-2012-0012

recurso de casación interpuesto por la Asociación Popular de Ahorros y Préstamos contra el Auto núm. 2524, dictado por la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el tres (3) de noviembre de dos mil cuatro (2004).

Sumario

Recurso de casación: declinatoria ante el Tribunal Constitucional. Recalificación: Suprema Corte de Justicia único tribunal competente para conocer de los recursos de casación en su calidad de Corte de Casación. Ley núm. 3726. Recurso de casación: Competencia. Principio de oficiosidad: la ley núm. 137-11 faculta al Tribunal Constitucional para recalificar el recurso de casación en un recurso de revisión constitucional. Principio competence competence: naturaleza. Recalificación: Principio de oficiosidad (Art. 7.11 Ley núm. 137-11); Principio de efectividad (Art. 7.4 Ley 137-11); Principio de favorabilidad (Art. 7.5 Ley 137-11) (TC/0073/13). Revisión de Amparo: especial trascendencia y relevancia constitucional. Acción de amparo: objeto. Recurso de revisión de amparo: cuando el objeto de la acción de amparo sea la devolución de mueble o inmueble vinculado a un proceso penal corresponde al juez penal apoderado (TC/0084/12, TC/0280/13). Rechaza. Voto salvado del Magistrado Acosta de los Santos.

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17/01/2018
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