Detalle sentencia TC/0259/17

Compartir:
Publicación: Lunes 22 de Mayo , 2017 / 10:32 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2014-0265

recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por Eligia Mercedes Jiménez Crisóstomo contra la Sentencia núm. 738, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinticinco (25) de junio de dos mil catorce (2014). 

Sumario

Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Arts. 185.4 y 277 Constitución; Arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Excepción de inconstitucionalidad: Inadmisible (Art. 188 Constitución; Art. 51 LOTCPC). Control concentrado de constitucionalidad: ley, decreto, reglamento, resolución u ordenanza (Art. 47 LOTCPC); (TC/0177/14). Control difuso de constitucionalidad: reservado para los jueces del Poder Judicial. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC); (TC/121/13; TC/0051/13; TC/0053/13; TC/0105/13; TC/130/13). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: violación de un derecho fundamental no imputable de modo inmediato y directo al órgano jurisdiccional (Art. 53.3 [c] LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: exigencia de que la sentencia supere en sus condenaciones pecuniarias un monto equivalente a los doscientos (200) salarios mínimos no es imputable al órgano jurisdiccional (TC/0057/12; TC/0022/16). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no existe posibilidad de violar derechos fundamentales (TC/0057/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: los efectos de la sentencia TC/0489/15 fueron diferidos por un período de un (1) año. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la sentencia TC/0489/15 no resulta aplicable a la especie. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no cumple con el Art.53.3 LOTCPC.  Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Votos particulares: magistrados Acosta de los Santos, Castellanos Khoury y Reyes.

Mostrar PDF en otra pestaña
17/01/2018
tc-0259-17.pdf
1.04 MB