Recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Erickson Aleck Ciriaco, contra la Resolución núm. 2348-2010, dictada por la Segunda Sala Suprema Corte de Justicia, en fecha veinte (20) de agosto del dos mil diez (2010).
Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales. Revisión Constitucional de Decisiones Jurisdiccionales: Plazo (artículo 54.1 LOTPC). Revisión Constitucional de Decisiones Jurisdiccionales: se debe interponer el recurso en un plazo no mayor de treinta días después de la notificación de la sentencia recurrida. Inadmisible.