Detalle sentencia TC/0199/21

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Publicación: Jueves 08 de Julio , 2021 / 01:39 A. M.

Referencia: TC-06-2020-0006

La acción de amparo directo interpuesta por el señor Bolques Luis Viloria Lorenzocontra la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) y la Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones.

Sumario

Acción de amparo. Acción de amparo: configuración (art. 72 Constitución). Acción de amparo: jueces competentes (art. 72; 74 L0TCPC). Tribunal Constitucional: solo podrá revisar las decisiones de amparo (art. 95 L 0TCPC; art. 185 Constitución). Tribunal Constitucional: no es competente para conocer las acciones de amparo (TC/0089/18).Tribunal Constitucional: obligación de señalar al juez competente (art. 72 LOTCPC). Tribunal superior administrativo: juez competente (art. 75 L0TCPC). Acción de amparo: incompetencia. Voto particular: Vázquez Samuel.

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08/07/2021
tc-0199-21-tc-06-2020-0006.pdf
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