Detalle sentencia TC/0192/13

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Publicación: Miércoles 23 de Octubre , 2013 / 11:12 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2011-0004

Dos recursos de revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales incoados por Julio Rafael Peña Valentín, el diez (10) de mayo de dos mil doce (2012), contra la Sentencia núm. 14, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia, en fecha nueve (9) de febrero de dos mil once (2011), y la Sentencia núm. 747-2009, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, el cuatro (4) de diciembre de dos mil nueve (2009).

Sumario

Revisión jurisdiccional de decisiones jurisdiccionales: apoderado y vinculado al acto emitido por la última vía jurisdiccional habilitada y agotada con ocasión de un proceso. Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: solo podrá corregir o controlarla constitucionalidad de la última actuación. Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: efectos (TC/0121/13). Tribunal Constitucional: no podrá pronunciarse sobre decisiones de primer o segundo grado (TC/0121/13). Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: vía destinada para controlar la actuación del Poder Judicial y de otros órganos jurisdiccionales (TC/0053/12; TC/0060/12). Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: ratio materiae (TC/0063/12). Revisión constitucional: no se demostró la conculcación de los derechos fundamentales y no son imputables a la Suprema Corte de Justicia. Inadmisible. 

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16/01/2018
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