Detalle sentencia TC/0190/19

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Publicación: Miércoles 26 de Junio , 2019 / 04:34 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2018-0056

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por Ministerio de Relaciones Exteriores contra la Sentencia núm. 317, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el diecisiete (17) de mayo de dos mil diecisiete (2017). 

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; arts. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: admisibilidad (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Plazos: no mayor de 30 días a partir de la notificación de la sentencia (art. 54.1 LOTCPC). Plazo: el cómputo del plazo es franco y calendario (TC/0335/14; TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: los requisitos de admisibilidad se encuentran satisfechos (Art. 53.3 a y b; LOTCPC; TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el requisito de admisibilidad no se encuentra satisfecho (art. 53.3 c LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: el recurrente no planteó en sus argumentos cuáles fueron los derechos fundamentales violados por la sentencia recurrida (TC/0152/14). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Votos particulares magistrados: Vásquez Sámuel, Acosta de los Santos, Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.

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26/06/2019
tc-0190-19.pdf
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