Detalle sentencia TC/0148/22

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Publicación: Viernes 13 de Mayo , 2022 / 02:52 P. M.

Referencia: TC-02-2021-0004

Relativo al control preventivo de constitucionalidad del “Acuerdo de servicios aéreos entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de la República Oriental de Uruguay”, suscrito en Santo Domingo, República Dominicana, el doce (12) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).

Sumario

Control preventivo de constitucionalidad. Tribunal Constitucional: competencia (art. 227 Constitución; art. 53 LOTCPC). Supremacía constitucional: reconocimiento. Recepción del derecho internacional: fundamento. Principio de reciprocidad e igualdad: aplicación. Control de constitucionalidad: aplicación. Soberanía y territorio: definición. Territorio: (art. 9 Constitución). Soberanía: definición aceptada del Convenio de Chicago. Soberanía: se reconoce el concepto (TC/0353/21). Leyes nacionales: aplicabilidad. Control preventivo de constitucionalidad: consultas y modificaciones. Control preventivo de constitucionalidad: solución de controversias (TC/0511/15). Control preventivo de constitucionalidad: terminación y entrada en vigor del acuerdo. Control preventivo de constitucionalidad: declara conforme a la constitución.

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13/05/2022
tc-0148-22-tc-02-2021-0004.pdf
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