Detalle sentencia TC/0120/14

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Publicación: Viernes 13 de Junio , 2014 / 12:03 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2013-0048

La acción directa de inconstitucionalidad incoada por los sucesores de los finados Ramón Soñé y Carmen Nolasco de Soñé contra el artículo núm. 115 del “Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original de la Jurisdicción Inmobiliaria”, modificado por la Resolución núm. 1737 del doce (12) de julio de dos mil siete (2007).

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad: Competencia (Artículo 185.1 Constitución; Artículo 36 LOTCPC). Legitimación activa o calidad: noción. Legitimación activa o calidad: interés legítimo y jurídicamente protegido. Acción directa de inconstitucionalidad: no se expone la infracción constitucional. Juicio de confrontación: no se realiza el juicio de confrontación. Acción directa de inconstitucionalidad: cuestiones de mera legalidad (TC/0013/12). Justicia constitucional: objeto (Articulo 5 LOTCPC). Inadmisible.

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17/01/2018
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