Detalle sentencia TC/0089/14

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Publicación: Lunes 26 de Mayo , 2014 / 09:24 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2013-0036

La acción directa de inconstitucionalidad incoada por la Clínica Unión Médica Del Norte, S.A.S. contra la Resolución núm. 2520-2001 dictada por la Sala Capitular del Ayuntamiento del municipio Santiago, del fecha veintitrés (23) de enero de dos mil uno (2001).

Sumario

?Accion directa de inconstitucionalidad: necesidad de explicar la contradicción entre artículos de la Constitución y el acto impugnado (Artículo 38 LOTCPC). Parqueos. Resolución 2520-2001: establece un impuesto no una contribución especial. Impuesto: se origina en el no aprovechamiento de servicios públicos de carácter municipal. Impuestos: deben ser aprobados por el Congreso Nacional (Artículo 93 de la Constitución).) Arbitrios municipales: su establecimiento depende de que no colidan con impuestos nacionales, ni con las Leyes y constitución. (TC/0067/13 articulo 274 ley 176-07 artículo 200 de la Constitución). Contribuciones especiales: se aplican cuando los munícipes obtienen un aumento del valor de sus bienes, por la realización de obras públicas o la ampliación de un servicio público (Articulo 291 ley 176-07). Contribuciones especiales: no entran en el ámbito de aplicación de los impuestos TC/0067/13. Inadmite parcialmente. Acoge voto particular de los Magistrados Vásquez Samuel y Díaz Filpo.

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17/01/2018
sentencia-tc-0089-14-c.pdf
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