Detalle sentencia TC/0035/17

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Publicación: Martes 31 de Enero , 2017 / 01:27 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2007-0006

la acción directa de inconstitucionalidad incoada por la licenciada Rosanna Ramos Reyes, defensora pública de Niños, Niñas y Adolescentes del Departamento Judicial de La Vega contra el artículo 315, párrafo I, del Código para la Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, Ley núm. 136-03, del siete (7) de agosto de dos mil tres (2003).  

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Acción directa de inconstitucionalidad: competencia (Art. 185. 1 Constitución; Arts. 9 y 36 LOTCPC). Legitimación activa: noción: parte interesada (Constitución 2002; TC/0021/2015). (TC/0013/12, TC/0017/12, TC/0022/12, TC/0023/12, TC/0024/12 y TC/0025/12, TC/0027/12; TC0054/13; TC/0197/14; y TC/0080/15). Acción directa en inconstitucionalidad: Procedimiento aplicable. Procedimiento aplicable: Constitución 2015 por conservarse en el nuevo texto los derechos y principios fundamentales invocados. (Corte Constitucional de Colombia). Acción directa de inconstitucionalidad: derecho a la igualdad (Art. 39 Constitución). Acción directa de inconstitucionalidad. Libertad personal. (Art. 40.15 Constitución). Acción directa de inconstitucionalidad: libertad de tránsito (Art. 46 Constitución). Acción directa de inconstitucionalidad: derecho a la presunción de inocencia. Acción directa de inconstitucionalidad: libertad personal: es la regla y la prisión es la excepción. Acción directa de inconstitucionalidad: interés superior de los niños niñas y adolescentes. Acción directa de inconstitucionalidad: contrario a lo que sucede en la jurisdicción penal de los adultos, en lo relativo a la responsabilidad penal de los menores prima un carácter primordial de intervención socio educativa (Art. 56 Constitución). Acción directa de inconstitucionalidad: protección integral de los niños niñas y adolescentes. (Art. 222 Ley núm. 136-03). Acción directa de inconstitucionalidad: medidas socioeducativas: son de naturaleza penal. Acción directa de inconstitucionalidad: Principio de igualdad: test o juicio de igualdad: aquedado evidenciada la inexistencia del primer requisito del test de igualdad: al tratarse de situaciones distintas, que impiden colocar en igualdad de condición ante la justicia penal a un adulto y a un menor de edad, en razón a que respecto de cada uno existe un régimen de justicia penal totalmente distinto en su naturaleza, su finalidad y en su ejecución. Acción directa de inconstitucionalidad: Principio de presunción de inocencia: garantías del debido proceso y de la Tutela Judicial Efectiva. (Art. 69 Constitución; TC/0051/14 y TC/0294/14). Acción directa de inconstitucionalidad: libertad de tránsito. No se vulnera. Acción directa de inconstitucionalidad: Admite, rechaza y declara conforme con la constitución. Voto particular: magistrado Acosta de los Santos.

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17/01/2018
tc-0035-17.pdf
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