Detalle sentencia TC/0003/14

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Publicación: Martes 14 de Enero , 2014 / 04:27 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2013-0029

La acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la Familia Sosa Nolasco, contra la Sentencia núm. 01010-2008, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de la Provincia Santo Domingo; la Sentencia núm. 066, de fecha cinco (5) de marzo de dos mil nueve (2009), dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo; la Sentencia núm. 814, de fecha quince (15) de agosto de dos mil doce (2012), dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia; y contra el contrato de venta suscrito entre Ángel Sosa y el señor Gilberto J. Guerrero, de fecha cinco (5) de enero de dos mil siete (2007).

Sumario

Acción directa en inconstitucionalidad. Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido. Acción directa de inconstitucionalidad: objeto (artículo 185.1 de la Constitución; artículo 36 de la Ley 137-11). Acción directa en inconstitucionalidad: controlar in abstracto los actos normativos del poder público (TC/0052/12; TC/0053/12; TC/0055/12; TC/0066/12; TC/0067/12; TC/0068/12; TC/0074/12; TC/0075/12; TC/0076/12; TC/0077/12; TC/0078/12; TC/0086/12; TC/0087/12; TC/0089/12; TC/0102/12; TC/0103/12; TC/0104/12; TC/0007/13).  Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: vía correcta para atacar una decisión Jurisdiccional que ha adquirido la calidad de la cosa irrevocablemente juzgada. Acción directa en inconstitucionalidad: no es la vía para impugnar contratos, sino los mecanismos establecidos por el derecho privado. Revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales: su objetivo principal es unificar la interpretación de los textos normativos y los principios constitucionales. Tribunal Constitucional: máxime y último intérprete de la Constitución. Rechaza.

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17/01/2018
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