TC declara en estado de fallo diez expedientes de acción directa de inconstitucionalidad

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Publicación: Lunes 19 de Noviembre , 2018 / 01:42 P. M.
TC declara en estado de fallo diez expedientes de acción directa de inconstitucionalidad

Durante la audiencia pública, los jueces del Tribunal declararon de urgencia tres casos relacionados a la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y uno a Ley Electoral de la República Dominicana

SANTO DOMINGO. - El Tribunal Constitucional (TC) dejó este lunes en estado de fallo diez expedientes de acción directa de inconstitucionalidad, declarando de urgencia tres casos relacionados a la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, y uno sobre la Ley Electoral de la República Dominicana.

Al encabezar la audiencia pública, el presidente del TC, magistrado Milton Ray Guevara, explicó que en virtud con lo establecido en los artículos 41 y 43 de la Ley Orgánica del Tribunal y su reglamento interno, el pleno de jueces decidió declarar de urgencia los expedientes sobre la materia indicada, destacándose los expediente TC-01-2018-0036, TC-01-2018-0040, TC-01-2018-0043 y TC-01-2018-0039.

En ese orden de ideas, los accionantes Juan Jesús de Peña Ventura, Pascual Guzmán y José Ramón Ovalle Vicente actuaron contra el Párrafo III, del artículo 45 de la Ley número 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos. También José Alejandro Ogando y José Alejandro Faneyte atacaron los artículos 8 y 54; y Namphi A. Rodríguez, Héctor Herrera Cabral; y la Fundación Prensa y Derecho, INC. atacaron el artículo 44, numeral 6 de la misma ley.

Durante la audiencia, efectuada en la sala augusta de la Suprema Corte de Justicia, Ray Guevara estuvo acompañado de los magistrados Leyda Margarita Piña Medrano y Lino Vásquez Sámuel, primero y segundo sustituto del presidente; Katia Miguelina Jiménez Martínez, Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Wilson Gómez Ramírez y Jottin Cury hijo.

En el expediente TC-01-2018-0039 Josefina Guerrero, Andrés Nicolás Contreras, y compartes actuaron junto a Juan Isidro Montas Francisco y Rudy Bonaparte contra la Ley número 157-13, que establece el voto preferencial para la elección de diputados al Congreso Nacional, regidores y regidoras de los municipios y vocales de los distritos municipales, de 27 de noviembre de 2013.

El organismo jurídico dejó en estado de fallo el expediente TC 01-2018-0033 en el que Miguel Alberto Valoy Ramírez atacó los artículos 76 y 77 de la Ley número 275-97, Electoral de la República Dominicana, del 21 de diciembre de 1997. De igual forma quedó el expediente TC-01-2018-0035, en el que Altagracia Aristy Sánchez actuó contra la Ley número 108-05 de Registro Inmobiliario, del 23 de marzo de 2005; Reglamento de los Tribunales Superiores de Tierras y de Jurisdicción Original de la Jurisdicción Inmobiliaria, Reglamento General de Registros de Títulos, y Reglamento General de Mensuras y Catastro.

Durante la audiencia también se declaró en estado de fallo el expediente TC-01-2018-0037, en el que Josefina Guerrero y Andrés Nicolás Contreras y compartes atacaron las resoluciones ADM-2013-012 y ADM-2012-0009, emitidas por la Cámara de Cuentas de la República Dominicana.

El TC dejó en estado de fallo del expediente TC-01-2018-0038, en el cual Luis Obdulio Beltré Pujols y la sociedad comercial Estaciones y Transporte de Combustible (ESTRACON) S.R.L. atacaron la resolución de Homologación Administrativa número 00716-2015, emitida por la presidencia de la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo.

Continuaron con los expedientes, TC-01-2018-0041, TC-01-2018-0042, ambos declarados en estado de fallo. La Asociación de Hoteleros y Turismo de la República Dominicana (ASONAHORES); y la sociedad comercial Coral Hospitality Corp, S.A. atacaron el artículo 171 de la Ley número 65-00, sobre Derecho de Autor del 21 de agosto del año 2000. En el caso en el que Alfredo Ramírez Peguero atacó los artículos 110 y 121, del Reglamento Contencioso Electoral y de Rectificación de Actas del Estado Civil, emitido por el Tribunal Superior Electoral el 17 de febrero de 2016, le fue denegada la solicitud de plazo porque según explicaciones tuvo suficiente tiempo para ampliar su dispositivo de conclusiones.