Detalle sentencia TC/0659/18

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Publicación: Lunes 10 de Diciembre , 2018 / 02:08 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2017-0223

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los señores Fruto Enríquez de Jesús Cruz y Fernanda María Mercedes Rodríguez contra la Sentencia núm. 82, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el veinticinco (25) de enero de dos mil diecisiete (2017).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (Arts. 277 Constitución; Arts. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (Art. 54.1 LOTCPC; TC/0143/15). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad cuando se alega una violación a derecho fundamental (Art. 53.3 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se encuentran satisfechos (TC/0123/18). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (Art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Debida motivación: requisitos (TC/0009/13). Recurso de casación: el emplazamiento debe contener las indicaciones propias de un acto de alguacil (Art. 6 Ley 3726). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: acoge. Anula y envía. Voto particular: magistrados Vásquez Samuel, Acosta de los Santos, Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.

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28/02/2019
tc-0659-18.pdf
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