Detalle sentencia TC/0604/18

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Publicación: Lunes 10 de Diciembre , 2018 / 11:54 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05- 2013-0200

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencias de amparo incoado por el señor Vinicio Antonio de León contra la Ordenanza núm. 322-12-37, dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Juan de la Maguana el ocho (8) de agosto de dos mil trece (2013).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: sentencias emitidas por el juez de amparo solo pueden ser recurridas en revisión y en tercería (art. 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo hábil y franco para su interposición (art. 95 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Acción de amparo: Juez de amparo: antes de determinar la vía efectiva debió determinar la procedencia de la acción. Procedencia: solo puede ser dilucidada si el amparo fue interpuesto dentro del plazo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: inadmisible por extemporáneo.

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20/12/2018
tc-0604-18.pdf
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