Detalle sentencia TC/0516/18

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Publicación: Martes 04 de Diciembre , 2018 / 10:31 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2018-0187

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el menor J.A.N.L., representado por sus padres Rafael Noboa Lemos y Josefina Luna Medrano, contra la Resolución núm. 371-2016-SRES-00017, dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Departamento Judicial de Santiago el tres (3) de octubre de dos mil dieciséis (2016).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo franco y hábil (art. 95 LOTCPC; TC/0080/12). Plazo: su punto de partida es la fecha de notificación de la sentencia. Notificación: es válida cuando se haga en el domicilio de elección, siempre que no se vulnere el derecho de defensa (TC/0217/14). Extemporaneidad: causal de inadmisibilidad. Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo vencido. Revisión constitucional de sentencia de amparo: inadmite. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.

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04/12/2018
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