Detalle sentencia TC/0511/18

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Publicación: Lunes 03 de Diciembre , 2018 / 03:40 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2018-0168

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el Euren Cuevas Medina, contra la Sentencia núm. 030-02-2018SSEN-00043, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el ocho (8) de febrero de dos mil dieciocho (2018)

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo franco y hábil (Art 95. LOTCPC; TC/00080/12. Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (Art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Tribunal constitucional: verifica la existencia de documentos que prueban la solicitud de información y su posterior vulneración. Principio de autonomía procesal: habilita al tribunal para estatuir sobre el fondo de la acción de amparo (Art. 7 LOTCPC. TC/0071/13). Tribunal constitucional: potestad de examinar los hechos (TC/0071/13). Derecho al libre acceso a la información pública: alcance, finalidad y configuración (Art. 49. 1 Constitución; TC/0042/12). Acceso a la información pública: contribuye con el fortalecimiento de la democracia (TC/0052/13). Estado dominicano: deber de suministrar las informaciones previstas por la ley (Art. 4 ley núm. 200- 04). Obligación de informar: excepciones legales (Art. 17 ley núm. 200- 04). Ministerio de medio ambiente y recursos naturales: deber de entregar las informaciones solicitadas. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: admite y acoge. Votos particulares: magistrados Díaz Filpo, y Jiménez Martínez.

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03/12/2018
tc-0511-18.pdf
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