Detalle sentencia TC/0499/19

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Publicación: Jueves 21 de Noviembre , 2019 / 05:38 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-01-2016-0043

Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la sociedad AES ANDRES BV contra el ordinal tercero de la Resolución núm. 04-2012, emitida por el Concejo de Regidores del Ayuntamiento de Boca Chica el uno (1) de marzo de dos mil doce (2012).

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Acción directa de inconstitucionalidad: competencia (art. 185.1 Constitución; art. 36 LOTCPC). Acción directa de inconstitucionalidad: Tribunal Constitucional: Desistimiento: no constituye un obstáculo para que se conozca y dicte sentencia sobre ella (TC/0190/14). Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido (art. 185. 1 Constitución; art. 37 LOTCPC). Acción directa de inconstitucionalidad: facultad de fijar arbitrios corresponde al Concejo de Regidores del Ayuntamiento (TC/0067/13). Arbitrios municipales: configuración (art. 200 Constitución). Arbitrios municipales: Importe de las tasas por aprovechamientos especiales del dominio público municipal (art. 279 Ley 176-07). Acción directa de inconstitucionalidad: Doble tributación o doble imposición: concepto (TC/0017/12 y TC/0190/14). Acción directa de inconstitucionalidad: elementos esenciales del tributo. Contribuyente y responsable: diferencia. Elementos esenciales: Materia imponible: Base imponible. El hecho generador se materializa desde el momento que una empresa posee activos fijos. La tasa o alícuota: es de uno por ciento (1%) anual. Sujeto activo: Estado dominicano. Sujeto pasivo: persona jurídica. doble tributación: no se configura (art. 200 Constitución). Acción directa de inconstitucionalidad: ITBIS: es un impuesto nacional indirecto. ITBIS: no se configura una vulneración. Acción directa de inconstitucionalidad: Tributos municipales: no coliden con los impuestos nacionales (art. 200 de la Constitución; TC/0126/16 y TC-0067/13). Acción directa de inconstitucionalidad: admite, rechaza y declara conforma con la constitución. Votos particulares: magistrados Acosta de los Santos, Gómez Ramírez, Jiménez Martínez y Vásquez Sámuel.

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21/11/2019
tc-0499-19-tc-01-2016-0043.pdf
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