Detalle sentencia TC/0462/19

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Publicación: Jueves 24 de Octubre , 2019 / 09:52 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2019-0011

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la señora Mariana Poueriet Poueriet contra la Sentencia núm. 311, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de febrero de dos mil diecisiete (2017).

Sumario

Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (art. 185.4 y 277 Constitución; art. 9, 53 y 54 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional (art. 100 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: configuración (TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo (30 días franco y hábil) (TC/0080/12; TC/0335/14). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo (30 días franco y calendario) (TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la inobservancia del plazo se encuentra sancionada con la inadmisibilidad (TC/0247/16). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: recurribles solo las decisiones que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: satisfecho el requisito de la invocación formal previa (art. 53.3 [a] LOTCPC); (TC/0057/12; TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: satisfecho requisito del agotamiento de los recursos disponibles (art. 53.3 [b] LOTCPC); (TC/0057/12; TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no satisfecho el requisito que exige que la violación del derecho fundamental sea imputable de modo inmediato y directo al órgano jurisdiccional (art. 53.3 [c] LOTCPC); (TC/0057/12; TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: los efectos de la sentencia TC/0489/15 fueron diferidos por un período de un (1) año. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: La aplicación, en la especie, de la norma precedentemente descrita ha sido apegada a lo dispuesto por el legislador y, en consecuencia, no es imputable a la Suprema Corte de Justicia la comisión de una acción o una omisión cuya consecuencia haya sido la violación de un derecho fundamental (TC/0051/12; TC/0039/15; TC/0071/16; TC/0365/16; TC/0173/17; TC/0266/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la sentencia TC/0489/15 no afecta la referida sentencia objeto del presente recurso (TC/406/17). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: no cumple con el literal c) del numeral tres (3) del artículo 53 de la Ley 137-11. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Voto particular: magistrados Acosta de los Santos, Beard Marcos, Valera Montero, Vásquez Sámuel, Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.

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25/10/2019
tc-0462-19.pdf
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