Detalle sentencia TC/0451/22

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Publicación: Miércoles 14 de Diciembre , 2022 / 04:19 P. M.

Referencia: TC-05-2015-0298

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por la Dirección General de Migración (DGM) contra la Sentencia núm. 283- 2015, dictada por la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el once (11) de noviembre de dos mil quince (2015).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Acción de habeas corpus: fundamento constitucional (art. 71 Constitución). Acción de habeas corpus: se rige por disposiciones del C.P.P. Acción de habeas corpus: régimen procesal distinto. Tribunal constitucional: competencia revisora (TC/0036/12; TC/0426/20). Acción de habeas corpus: no existe recurso contra su decisión (art. 386 CPP). Derecho fundamental a recurrir: la vía recursiva debe ser ejercida de conformidad con la ley. Tribunal constitucional: se ve obligado a declarar su incompetencia sin identificar ante cuál jurisdicción debe ser conocida la cuestión. Tribunal Constitucional: incompetente. Voto particular: magistrados Díaz Filpo, Vásquez Sámuel, Ayuso, Gil, Valera Montero, Vásquez Acosta y Beard Marcos.

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14/12/2022
tc-0451-22-tc-05-2015-0298.pdf
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