Relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por la señora Mary Carmen Antidor Villa contra la Sentencia núm. 56, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el veinte (20) de mayo de dos mil quince (2015).
Demanda en suspensión de decisión jurisdiccional. Tribunal constitucional: facultad de ordenar la suspensión a petición debidamente motivada (art. 54.8 LOPCPC). Demanda en suspensión: persigue proteger provisionalmente un derecho de (TC/0063/13). Demanda en suspensión: carácter excepcional (TC/0640/17). Sentencia recurrida: carece de la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada pues el poder judicial continúa apoderado del caso. Demanda en suspensión: rechaza.