Detalle sentencia TC/0395/20

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Publicación: Martes 29 de Diciembre , 2020 / 12:00 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2020-0016

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Teófilo Mejía Valdez contra la Sentencia núm. 0146-2019-SSEN- 00008, dictada por el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Elías Piña el siete (7) de octubre del año dos mil diecinueve (2019).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo. Plazo: franco y hábil (art. 95 LOTCPC; TC/0080/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: debe tener claridad y la precisión de los agravios (art. 96 LOTCPC; TC/0129/20). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Ayuntamiento municipal: alcalde: es una figura electa por el voto popular. Alcalde: es el representante legal del municipio donde ha sido electo. Principio de supletoriedad: apreciación (art. 7.12 LOTCPC; TC/0006/12). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma. Voto particular: magistrada Beard Marcos.

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26/01/2021
tc-0395-20-tc-05-2020-0016.pdf
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