Detalle sentencia TC/0393/20

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Publicación: Martes 29 de Diciembre , 2020 / 12:00 A. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2019-0210

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales contra la Sentencia núm. 98-2019, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso-Administrativo y Contencioso-Tributario de la Suprema Corte de Justicia el veinte (20) de febrero de dos mil diecinueve (2019).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Plazo. Plazo: franco y calendario (TC/0335/14 y TC/0143/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad (art. 277 Constitución; art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos y supuestos de admisibilidad: requisitos satisfechos (art. 53.3 a y b LOTCPC; TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: procede examinar el fondo al recurrente invocar la vulneración de derechos fundamentales por la incorrecta aplicación de la norma (TC/0057/12; TC/0225/15; TC/0514/15; TC/0120/16; TC/0090/17; TC/0247/18; TC/0508/18; TC/0291/19). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisito se encuentra satisfecho (art. 53.3 c LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Materia administrativa: pone a disposición de los justiciables los recursos de revisión y casación para impugnar las decisiones dictadas por el Tribunal Superior Administrativo (art. 38 Ley núm. 1494). Tribunal Superior Administrativo: el recurso de revisión en materia administrativa se trata de una acción recursiva cuya dialéctica reviste un carácter extraordinario. Suprema corte de justicia: correcta aplicación de la norma. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Votos particulares: magistrados Vásquez Sámuel, Castellanos Khoury, Castellanos Pizano y Beard Marcos.

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26/01/2021
tc-0393-20-tc-04-2019-0210.pdf
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