Detalle sentencia TC/0328/20

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Publicación: Martes 22 de Diciembre , 2020 / 03:17 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2019-0141

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Alberto de Jesús Jerez Polanco, contra la Sentencia núm. 0030-2017-SSEN-00240, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el quince (15) de agosto de dos mil diecisiete (2017).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: competencia (art. 185.4 Constitución, arts. 9 y 94 LOTPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Plazo hábil y franco para su interposición (art. 95 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0071/13; TC/0224/16; TC/0122/15; TC/0109/17). Especial trascendencia o relevancia constitucional: admisibilidad y configuración (art. 100 LOTPC; TC/0007/12). Principio de la autoridad de la cosa juzgada: cuando un juez o tribunal apoderado de un asunto comprueba que la cuestión litigiosa que le ha sido sometida fue judicialmente resuelta. Autoridad de la cosa juzgada: que la cosa demandada sea la misma; que la demanda se funde sobre la misma causa; que sea entre las mismas partes (art. 69.5 Constitución). Acción de amparo: se configura la imposibilidad de accionar dos veces en amparo sobre el mismo caso, ante el mismo o cualquier otro juez o tribunal (art. 103 LOTCPC; TC/0803/17). Acción de amparo: sanción de inadmisibilidad (art. 7.12 LOTCPC; TC/0041/12). Acción de amparo: inadmisible, cuando existe una identidad de partes, causa y objeto en relación con otra acción de amparo decidida con anterioridad (art. 103 LOTCPC; TC/0430/16). Cosa juzgada constitucional: hay cosa juzgada cuando lo que se pretende resolver ya ha sido objeto de fallo (TC/0436/16). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge y revoca. Acción de amparo: inadmisible. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.

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22/12/2020
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