Relativo a la acción directa en inconstitucionalidad incoada por la Asociación Nacional de Detallistas de Gasolina, Inc. (ANADEGAS) el (8) ocho de mayo de dos mil trece (2013) contra la Resolución núm. 332, emitida por el Ministerio de Industria y Comercio el diecisiete (17) de octubre de dos mil once (2011).
Acción directa de inconstitucionalidad: Competencia (arts. 185.1 Constitución; arts. 9 y 36 LOTCPC). Legitimación activa: Interés legítimo y jurídicamente protegido (art. 185.1 Constitución; art. 37 LOTCPC). Acción directa de inconstitucionalidad: Falta de objeto derogación (TC/0023/12). Acción directa de inconstitucionalidad: para someter una norma determinada al escrutinio constitucional es esencial que la misma se encuentre vigente (TC/0154/13). Acción directa de inconstitucionalidad: Inadmisible. Voto particular: magistrados Alba Luisa Beard Marcos, Valera Montero, Díaz Filpo y Castellanos Khoury.