Detalle sentencia TC/0278/18

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Publicación: Jueves 23 de Agosto , 2018 / 04:32 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2016-0192

Relativo al recurso de revisión de decisión jurisdiccional incoado por los señores Buenaventura Florencio Bastardo y Alejandro Santos Martínez contra la Sentencia núm. 342, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el seis (6) de mayo de dos mil quince (2015).  

Sumario

Revisión constitucional decisión jurisdiccional: el plazo para su presentación es de 30 días (art 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: si la parte toma conocimiento de la decisión interpone el recurso el plazo comenzará a computarse a partir de este momento, aunque la sentencia no haya sido notificada (TC/0156/15). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: extemporáneo. Revisión constitucional decisión jurisdiccional: Inadmisible.

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23/08/2018
tc-0278-18.pdf
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