Detalle sentencia TC/0197/21

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Publicación: Jueves 08 de Julio , 2021 / 01:31 A. M.

Referencia: TC-05-2020-0175

Al recurso de revisión constitucional de sentenciade amparointerpuesto porlos señores Rey Nidio Santos Beltréy Ana Kisoris Cabral Peraltacontra la Sentencia núm. 0322-2020-SCIV-0011,dictada el cinco (5)de agostodel añodos mil veinte(2020)por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Juan de la Maguana.

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (art. 95; 100 LOTCPC; TC/0007/12; TC/0080/12). Juez de amparo: incorrecta aplicación de la causal de inadmisibilidad (art. 70.1 LOTCPC). Juez de amparo: debió identificar la otra vía judicial efectiva, y explicar su idoneidad (TC/0021/12). Principio de economía procesal: habilita al tribunal constitucional para conocer el fondo de la acción. Suspensión de funciones: vía de hecho arbitraria. Suspensión de funciones: vulneración de derechos fundamentales. Derecho al trabajo: lesión. Derecho a la dignidad humana: vulneración. Tribunal Constitucional: ordena la restitución de los funcionarios suspendidos. Astreinte: Naturaleza y beneficiario (art. 93 LOTCPC; TC/0348/17). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, acoge, y revoca. Acción de amparo: admite y acoge. Voto particular: Castellanos Khoury, Castellanos Pizano.

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08/07/2021
tc-0197-21-tc-05-2020-0175.pdf
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