Detalle sentencia TC/0191/18

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Publicación: Jueves 19 de Julio , 2018 / 05:55 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2017-0018

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Meliton Cordero en contra de la Sentencia núm. 00238-2015, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veinte (20) de noviembre de dos mil quince (2015).

Sumario

Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: Competencia (Art. 185.4 y 277 Constitución; Art. 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: procede contra las sentencias que hayan adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, después de la proclamación de la Constitución del 2010 (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Autoridad de la cosa juzgada: decisiones que ponen fin a cualquier tipo de acción judicial relativa al mismo objeto y con las mismas partes, y contra las cuales no es posible interponer ningún otro recurso ordinario o extraordinario. (TC/0091/12; TC/0053/13; TC/0051/13; TC/0107/14; TC/0344/16;). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: las decisiones del Tribunal Superior Administrativo en materia contenciosa-administrativa son susceptibles del recurso de casación (Art. 5 Ley 491-08). Sentencia provisional: dictada en el marco de un proceso principal, la misma no pone fin por sí misma a la acción judicial. Sentencia provisional: sí tenía abierta la vía recursiva casacional (Art.5 Ley 491-08). Sentencia provisional: tiene abierta la vía recursiva casacional, la cual solo podía ser ejercitada conjuntamente con la sentencia definitiva. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada (Art. 277 Constitución) (Art. 53 Ley OTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: sentencias firmes.  Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible.

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19/07/2018
tc-0191-18.pdf
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