Detalle sentencia TC/0180/21

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Publicación: Martes 29 de Junio , 2021 / 08:09 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2014-0272

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Leonardo Felipe Reyes Madera contra la Sentencia núm. TSE-049-2014, dictada por el Tribunal Superior Electoral el diecisiete (17) de septiembre de dos mil catorce (2014).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo franco y calendario (art. 54.1 LOTCP; TC/143/15, TC/0135/14, TC/0483/15; TC/0135/17). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad. Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: criterio de admisibilidad. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad cuando se alega la violación de un derecho fundamental satisfechos (art. 53.3 LOTCP; TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: las decisiones emitidas por TSE sólo pueden ser revisadas por el TC cuando la misma sea manifiestamente contraria a la Constitución (art.3 Ley 29-11). TSE: naturaleza (art. 214 Constitución y 42 Ley 176-07). Debida Motivación. Test de la debida motivación: aplicación (TC/0009/13). Deber de motivación: apreciación (TC/0436/16). Amparo de cumplimiento: demanda en incompatibilidad de funciones. TSE: competencia. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: magistrados Lino Vásquez Samuel, Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.

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30/06/2021
tc-0180-21-tc-04-2014-0272.pdf
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