Detalle sentencia TC/0162/22

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Publicación: Miércoles 22 de Junio , 2022 / 03:24 P. M.

Referencia: TC-05-2020-0190

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por Jeiffry Manuel Contreras Tavárez contra la Sentencia núm. 0030-02-2020-SSEN-00003 dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo del nueve (9) de enero de dos mil veinte (2020).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9, 94 y 95 LOTCPC). Sentencias de amparo: recurribles en revisión y en tercería (art. 95 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: plazo hábil y franco (arts. 95 y 100 LOTCPC; TC/0080/12, TC/0061/13, TC/0071/13 y TC/0132/13). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Principio de legalidad de las formas: el tiempo, el lugar y la forma de los actos procesales deben ser los establecidos por la ley. Plazos: su cumplimiento es preceptivo y previo al análisis de cualquier otra causa de inadmisibilidad y del examen al fondo (TC/0543/15). Plazos: punto de partida del cómputo. Extemporaneidad: se configura. Revisión constitucional de sentencia de amparo: rechaza y confirma.  Voto particular: magistrada Santana de Cabrera.

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22/06/2022
tc-0162-22-tc-05-2020-0190.pdf
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