Detalle sentencia TC/0119/21

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Publicación: Miércoles 20 de Enero , 2021 / 10:27 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2019-0207

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el señor Misael de Jesús María Ventura contra la Sentencia núm. 2098, dictada el diecinueve (19) de diciembre de dos mil dieciocho (2018) por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia.

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (art. 185.4 y 277 Constitución; art. 9, 53 y 54 LOTCPC). Especial trascendencia o relevancia constitucional: criterio de admisibilidad y configuración (art. 100 LOTCPC; TC/0007/12). Proceso penal: extinción (art. 37 y 44.10 CPP). Extinción proceso penal: está supeditado al cumplimiento del acuerdo (art. 39 CPP). Conciliación: el cumplimiento de lo acordado extingue la acción penal (art. 39 CPP). Conciliación: si el imputado incumple sin justa causa las obligaciones pactadas, el procedimiento continúa como si no se hubiera conciliado (art. 39 CPP). Extinción proceso penal: se configura con el  cumplimiento de lo acordado, no la simple homologación del tribunal del acuerdo suscrito entre las partes. Tribunal Derecho a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a la seguridad jurídica: no se configura una violación. Proceso penal: regulación duración máxima y criterios de aplicación (art. 148 CPP). Acción penal: su extinción por haber transcurrido el tiempo máximo del proceso únicamente se impone cuando la actividad procesal ha discurrido sin el planteamiento de incidentes que tiendan a dilatar el desenvolvimiento normal de las fases preparatorias o de juicio (Resolución 2802-2009; TC/0394/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: rechaza y confirma. Voto particular: magistrados Vásquez Sámuel, Castellanos Pizano y Castellanos Khoury.

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23/04/2021
tc-0119-21-tc-04-2019-0207.pdf
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