Detalle sentencia TC/0088/20

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Publicación: Viernes 28 de Febrero , 2020 / 02:14 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-05-2019-0124

Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por Rafael E. García de la Cruz contra la Sentencia núm. 0030-03-2018-SSEN-00322, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el dieciséis (16) de octubre de dos mil dieciocho (2018).

Sumario

Revisión constitucional de sentencia de amparo. Revisión constitucional de sentencia de amparo: Competencia (art. 185.4 Constitución; arts. 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Presunción de inocencia: En todo momento fue garantizada y se le informó al propio recurrente la nota confidencial que dio origen a la investigación en presencia de su abogado y se le permitió ser oído y aclarar los hechos ocurridos por los cuales se le investigaba. Tribunal Constitucional: Tampoco se viola la presunción de inocencia, el derecho de defensa, el debido proceso, la tutela judicial efectiva, ni se le resta objetividad a la investigación por el hecho de no haber participado el Ministerio Público, ya que en virtud de que de lo que se trató fue de un procedimiento disciplinario (Ley 590-l6). Test de la debida motivación: […] pues al encontrarse la sentencia debidamente motivada, adquirió la legitimidad necesaria frente a la sociedad y no resulta arbitraria ni violatoria del derecho fundamental al debido proceso ni a la tutela judicial efectiva como alegó el recurrente. Revisión constitucional de sentencia de amparo: No ha lugar a la violación de dichos derechos fundamentales, al contrario, se aplicó la sanción disciplinaria que correspondía a la falta muy grave cometida por el hoy recurrente en revisión (TC/0556/16). Revisión constitucional de sentencia de amparo: […] del expediente se desprende que se respetaron las garantías del debido proceso y de la tutela efectiva (TC/0435/19). Tribunal Constitucional: […] su separación se hizo con las garantías de la tutela efectiva con estricto respeto al debido proceso (art. 69 Constitución). Revisión constitucional de sentencia de amparo: Rechaza y confirma. Voto particular: magistrada Jiménez Martínez.

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28/02/2020
tc-0088-20-tc-05-2019-0124.pdf
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