Detalle sentencia TC/0070/19

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Publicación: Martes 21 de Mayo , 2019 / 04:09 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2016-0276

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Ventura Vásquez López contra la Resolución núm. 731-2015 dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el diecinueve (19) de marzo de dos mil quince (2015).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Principio de economía procesal: habilita al tribunal para decidir la admisibilidad y el fondo mediante una sola sentencia (art. 54 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la notificación debe ser integral (TC/0001/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (art. 277 Constitución; arts. 53.3 LOTCPC y 100 LOTCPC; TC/0007/12; Y TC/0123/18). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional.: Existencia de una decisión anterior (TC/0123/18). Recurso de casación: al declararlo inadmisible afirmando que la sentencia recurrida fue debidamente motivada se realiza una valoración del fondo vulnerando el principio de congruencia (TC/0503/15). Test de la debida motivación: parámetros (TC/0009/13). Test de la debida motivación: se configura su vulneración. Salas reunidas de la suprema corte de justicia: Lesión del deber de motivar. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional admite, acoge y renvía. Voto particular: magistrados Acosta de los Santos, Castellanos Khoury y Castellanos Pizano.

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21/05/2019
tc-0070-19.pdf
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