Relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por el Ayuntamiento del Municipio Villa Isabela, Puerto Plata, contra la Sentencia núm. 867 dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia, el veintiséis (26) de agosto del año dos mil quince (2015).
Demanda en suspensión. Demanda en suspensión: decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 227 Constitución; art. 53 LOTCPC). Tribunal Constitucional: facultad de suspender las decisiones a petición de parte debidamente motivada. Demanda en suspensión: objeto. Demanda en suspensión: está condicionada a la interposición de un recurso de revisión y a que la parte lo solicite (TC/0151/13 y TC/0040/14). Falta de objeto: medio de inadmisión (TC/0006/12). Falta de objeto: se configura. Demanda en suspensión: inadmisible.