Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por el señor Adriano Rafael Román Román contra la Sentencia núm. 218, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el dos (2) de junio de dos mil diez (2010).
Acción directa de inconstitucionalidad. Acción directa de inconstitucionalidad: Competencia (Arts. 185.1 Constitución; Arts. 9 y 36 LOTCPC). Participación activa: la muerte del accionante no tiene por efecto la interrupción de la continuación del referido proceso constitucional (TC/0062/12; TC/0520/16). Participación activa: el proceso constitucional es autónomo y no es necesaria la intervención activa del impugnante para su normal desarrollo (TC/0062/12; TC/0520/16). Legitimación activa: Interés legítimo y jurídicamente protegido (Art. 185.1 Constitución; Art. 37 LOTCPC). Acción directa en inconstitucionalidad: Objeto (Art. 185.1 Constitución; Art. 36 LOTCPC). Control concentrado de constitucionalidad: ley, decreto, reglamento, resolución u ordenanza (Art. 185.1 Constitución; Art. 36 LOTCPC); (TC/0052/12). Revisión constitucional de decisión Jurisdiccional: mecanismo extraordinario de control cuya finalidad es dar uniformidad a la interpretación de las normas y principios constitucionales (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC); (TC/0247/14). Acción directa de inconstitucionalidad: inadmisible.