Revisión constitucional de sentencias de amparo: Competencia (Artículo 185 de la Constitución, Artículos 9 y 94 LOTCPC). Acción de amparo: la sentencia solo es recurrible en revisión o tercería. Revisión constitucional de sentencias de amparo: su admisibilidad sujeta a la especial trascendencia o relevancia constitucional (Artículo 100 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencias de amparo: desistimiento. Desistimiento: debe realizarse mediante acto bajo firma privada debidamente firmados por las partes. Desistimiento: Requisitos (Artículo 402 del Código de Procedimiento Civil). Revisión constitucional de sentencias de amparo: desistimiento y archivo definitivo (TC/0016/12; TC/0099/13 y TC/0005/14). Desistimiento.