Detalle sentencia TC/0036/19

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Publicación: Viernes 03 de Mayo , 2019 / 02:51 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-02-2019-0002

Relativo al control preventivo de constitucionalidad del “Acuerdo entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre las condiciones de supresión de las formalidades de visado en viajes mutuos de los nacionales de la República Dominicana y de los nacionales de la Federación de Rusia”, suscrito el veintisiete (27) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).

Sumario

Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales. Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales: Competencia (arts. 6 y 185 numeral 2 de la Constitución; arts. 9, 55 y 56 LOTCPC). Supremacía constitucional: noción (art. 6 Constitución). Recepción del derecho internacional (art. 26.1 Constitución). Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales: emerge como un mecanismo de utilidad fundamental para garantizar la supremacía constitucional. Control preventivo de constitucionalidad: Acuerdo entre el Gobierno de la República Dominicana y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre las condiciones de supresión de las formalidades de visado en viajes mutuos de los nacionales de la República Dominicana y de los nacionales de la Federación de Rusia. Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales: derecho a la libertad de tránsito: noción (art. 46 Constitución; TC/0126/15 y TC/0370/16). Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales: los principios de soberanía y no intervención: inviolabilidad (art. 3 Constitución). Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales: principio de ejecución (art. 220 Constitución). Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales: finalidad. Tratados internacionales: es necesario que se enmarquen dentro de los principios de supremacía constitucional, legalidad, soberanía, no intervención e integridad territorial. Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales: Objeto. Control preventivo de constitucionalidad de tratados internacionales: Conforme con la Constitución.

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03/05/2019
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