Detalle sentencia TC/0026/18

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Publicación: Miércoles 07 de Marzo , 2018 / 09:15 P. M.

Referencia: Expediente núm. TC-04-2017-0027

relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por los Licdos. Laura I. Vargas, Odalys Agramonte y Pedro Medina, procuradores fiscales de la Provincia Santo Domingo contra la Resolución núm. 3517-2015, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia, el veinte (20) de agosto de dos mil quince (2015).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: competencia (Arts. 185.4 y 277 Constitución; Arts. 9, 53 y 54.1 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: plazo (Art. 54.1 LOTCPC). Autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada: admisibilidad (Art. 277 Constitución; Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: supuestos de admisibilidad (Art. 53 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: requisitos de admisibilidad (Art. 53.3 LOTCPC). Derecho al debido proceso de ley: se configura violación. Recurso de casación: requisitos de admisibilidad (Art. 425 CPP). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: la aplicación de normas legales por parte de los tribunales judiciales no puede asumirse como una acción violatoria de algún derecho fundamental (TC/0057/12; TC/0039/15; TC/0514/15; TC/0021/16; TC/047/16 y TC/0532/16). Actos procesales: duración máxima (Art. 148 CPP). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se trata de una decisión en la que se aplican normas legales que no suscitan discusión alguna sobre derechos fundamentales. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: inadmisible. Demanda en suspensión: carece de objeto. Votos particulares: magistrados Díaz Filpo y Castellanos Khoury.

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08/03/2018
tc-0026-18.pdf
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